Paginas recomendadas

22 de octubre de 2012

Acuerdo de Libre Comercio MERCOSUR-Israel: ¿Qué hay para el Paraguay? Ultima parte


INTRODUCCIÓN[1]
El comercio entre dos países se da, o en forma más precisa, tiene posibilidad de realizarse cuando existen coincidencias entre las exportaciones de una de las partes con las importaciones de la contraparte. En términos más formales se habla de una coincidencia entre la especialidad exportadora y la especialidad importadora. El grado de asociación o complementariedad entre estas especialidades puede ir desde una situación de total concordancia, hasta el extremo en que ambos países exportan e importan los mismos productos. La coincidencia entre las especialidades tanto a nivel global como especifico para cada producto se puede medir a través del Índice de Complementariedad Comercial (ICC)[2], de modo tal que:

a)      Un índice mayor a la unidad indica que existe una fuerte complementariedad entre la oferta exportable del bien desde un país (Paraguay) con la demanda de importaciones para ese bien por su contraparte (Egipto). Por lo tanto existe una potencialidad a comerciar entre ambos países.
b)      Un índice que se acerca (o tiende) a cero es señal que un país no exporta lo que el otro importa. En este caso la oferta exportadora no coincide con las demandas importadoras.
c)      Finalmente, valores menores a la unidad indican que la especialización importadora y exportadora de ambos países se asemejan a lo que pueden tener con cualquier otro país, por lo cual de existir comercio entre ambos esto se daría por motivos diferentes a la complementariedad de sus exportaciones e importaciones.

ESTIMACIÓN DEL ICC
Para determinar el ICC de Paraguay con Israel, se promediaron los valores de las exportaciones del periodo  2005-2007 obtenidos de la base de datos WITS, desagregados a 6 dígitos del Sistema Armonizado. Se identificaron 240 sub-partidas con ICC superior a la unidad. El valor total de estos sumó 1.019.709 USD, equivalente al 81% del VTE por el país. De las diez primeras sub-partidas con mayor valor de ICC, siete de ellas son agroalimentos, siendo los otros dos bienes relacionadas con procesamiento de bienes primarios. En términos de valor de exportación suman poco más de un tres cuarto del VTE de los bienes con ICC superior a la unidad. (Ver Cuadro N° 1)

De 240 sub-partidas, 81 son bienes agroalimentarios que suman un valor de exportación igual a USD 876.542. De acuerdo al valor del ICC, los productos exportados con mayor afinidad con las importaciones de Israel son el aceite de ricino, desperdicios de cervecería o de destilerías, crin de caballo, gluten de trigo, otros cortes de carne bovina con huesos, y semillas de Sesamo. Sobresalen por su valor la semilla de soja, con un participación del 32%; los aceites vegetales y el gluten de trigo, ambos con 10% de peso en el valor de los agroalimentos con ICC mayor a la unidad. Otros productos importantes son la carne bovina deshuesada, otros cereales, aceite vegetal crudo otros cortes de carne bovina con huesos. (Ver Cuadro N° 2)
Entre los bienes no agroalimentarios, los de mayor Índice han sido perfiles, tejidos de pelo ordinario o de crin, y cueros diversos. Al clasificarlos por el valor de exportación, se tiene el mayor importe corresponde a harina de maderas no coníferas, cueros diversos y tejidos de pelo ordinario o de crin.

CALENDARIO DE DESGRAVACIONES
La desgravación arancelaria es la preferencia otorgada por una parte a la otra y se aplica respecto al arancel que se conoce como de Nación Más Favorecida (NMF). Este es el que rige sin discriminación para el resto del mundo. Por lo tanto, las desgravaciones favorecen el comercio entre las partes. En el Acuerdo entre el MERCOSUR e Israel,  estas preferencias se hallan detalladas en el Artículo 3 “Derechos Aduaneros y Eliminación Arancelaria” y el listado de las sub-partidas a ocho dígitos forma parte del Anexo II.

Las desgravaciones arancelarias en este Acuerdo se hacen de acuerdo a cuatro categorías con distintos periodos de implementación, que varían  desde una inmediata a la entrada en vigencia del Acuerdo (categoría A) hasta un periodo de diez años (categoría D). Los productos de la categoría E estarán sujetos a preferencias arancelarias de acuerdo a lo especificado en cada posición arancelaria. (Ver Cuadro N° 3)
SITUACIÓN DE LOS PRINCIPALES PRODUCTOS

Los diez principales productos por su valor de exportación corresponden en su mayoría a la categoría de desgravación inmediata. Los productos cárnicos deberán para su ingreso cumplir los requerimientos Kosher. Tres de los bienes se hallan incluidas en la categoría E, que enfrentan algunas restricciones o condiciones especiales:

a)      Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en «pellets»: Paraguay es sujeto de una cuota de 2.500 toneladas con el 50% de reducción sobre la tarifa de Nación Más Favorecida (7,5%). Los demás países del MERCOSUR son beneficiados con un reducción del 38% sobre la tarifa NMF.
b)      Aceite en bruto, incluso desgomado: El Paraguay es beneficiado con una reducción del 40% sobre la tarifa de NMF (7,5%) a la entrada en vigencia del Acuerdo. Los demás países del MERCOSUR tienen la misma reducción pero en cuatro etapas consecutivas iguales.
c)      Trigo excepto trigo duro: Las líneas arancelarias 10.01.10.90 y 10.01.90.90 tendrán para los países del MERCOSUR una cuota sin aranceles de 50.000 toneladas. El arancel NMF promedio es 25% con un rango entre 0% y 50%.

Por su lado los diez principales productos por el valor del ICC, son todos sujetos a desgravación inmediata a la entrada en vigencia del Acuerdo.
Al cruzar ambos cuadros, se tiene que cuatro de los bienes con mayor valor de ICC se hallan entre los principales productos exportados por el Paraguay: Los demás cortes de carne bovina (trozos) sin deshuesar y deshuesada; gluten de trigo, incluso seco; heces y desperdicios de cervecería o de destilería. Estos al mismo tiempo son los productos de mayor valor dentro del grupo con ICC mayor a la unidad e incluye el producto con mayor peso en el valor total exportado a Israel. Esto es la sub-partida 020230 (Los demás cortes de carne bovina (trozos)  deshuesada) que en el periodo 2005-2007 representó el 89% del total de ventas del Paraguay a Israel.

CONCLUSIÓN
Las sub-partidas con mayor valor de ICC son en su mayoría (por valor) productos agroalimentarios. Entre ellas se incluye aquella con mayor participación en las exportaciones actuales. Esta conjuntamente con  las demás pertenece a la categoría de desgravación inmediata,  por lo cual se concluye que el Acuerdo potenciará el comercio de exportación desde el Paraguay hacia Israel.















[1]Victor Enciso, Docente-Investigador. Dpto. Economía Rural-Facultad de Ciencias Agrarias-Universidad Nacional de Asunción. venciso@agr.una.py
[2] Para una explicación detallada del ICC ver el Anexo Metodológico del documento “SEC/Estudio 139” disponible en http://www.aladi.org/biblioteca/02_2_4_SerieSECEstudios.html. Para un ejemplo ver el Cuadro N° 1.

No hay comentarios:

Publicar un comentario