INTRODUCCIÓN[1]
El comercio entre dos
países se da, o en forma más precisa, tiene posibilidad de realizarse cuando
existen coincidencias entre las exportaciones de una de las partes con las
importaciones de la contraparte. En términos más formales se habla de una
coincidencia entre la especialidad exportadora y la especialidad importadora.
El grado de asociación o complementariedad entre estas especialidades puede ir
desde una situación de total concordancia, hasta el extremo en que ambos países
exportan e importan los mismos productos. La coincidencia entre las
especialidades tanto a nivel global como especifico para cada producto se puede
medir a través del Índice de Complementariedad Comercial
(ICC)[2], de
modo tal que:
a)
Un
índice mayor a la unidad indica que existe una fuerte complementariedad entre
la oferta exportable del bien desde un país (Paraguay) con la demanda de
importaciones para ese bien por su contraparte (Egipto). Por lo tanto existe
una potencialidad a comerciar entre ambos países.
b)
Un
índice que se acerca (o tiende) a cero es señal que un país no exporta lo que
el otro importa. En este caso la oferta exportadora no coincide con las
demandas importadoras.
c)
Finalmente,
valores menores a la unidad indican que la especialización importadora y
exportadora de ambos países se asemejan a lo que pueden tener con cualquier
otro país, por lo cual de existir comercio entre ambos esto se daría por
motivos diferentes a la complementariedad de sus exportaciones e importaciones.
ESTIMACIÓN DEL ICC
Para determinar el ICC
de Paraguay con Israel, se promediaron los valores de las exportaciones del
periodo 2005-2007 obtenidos de la base
de datos WITS, desagregados a 6 dígitos del Sistema Armonizado. Se identificaron
240 sub-partidas con ICC superior a la unidad. El valor total de estos sumó
1.019.709 USD, equivalente al 81% del VTE por el país. De las diez primeras
sub-partidas con mayor valor de ICC, siete de ellas son agroalimentos, siendo
los otros dos bienes relacionadas con procesamiento de bienes primarios. En
términos de valor de exportación suman poco más de un tres cuarto del VTE de
los bienes con ICC superior a la unidad. (Ver Cuadro N° 1)
De 240 sub-partidas, 81
son bienes agroalimentarios que suman un valor de exportación igual a USD
876.542. De acuerdo al valor del ICC, los productos exportados con mayor
afinidad con las importaciones de Israel son el aceite de ricino, desperdicios
de cervecería o de destilerías, crin de caballo, gluten de trigo, otros cortes
de carne bovina con huesos, y semillas de Sesamo. Sobresalen por su valor la
semilla de soja, con un participación del 32%; los aceites vegetales y el
gluten de trigo, ambos con 10% de peso en el valor de los agroalimentos con ICC
mayor a la unidad. Otros productos importantes son la carne bovina deshuesada,
otros cereales, aceite vegetal crudo otros cortes de carne bovina con huesos.
(Ver Cuadro N° 2)
Entre los bienes no
agroalimentarios, los de mayor Índice han sido perfiles, tejidos de pelo
ordinario o de crin, y cueros diversos. Al clasificarlos por el valor de
exportación, se tiene el mayor importe corresponde a harina de maderas no
coníferas, cueros diversos y tejidos de pelo ordinario o de crin.
CALENDARIO DE
DESGRAVACIONES
La desgravación
arancelaria es la preferencia otorgada por una parte a la otra y se aplica
respecto al arancel que se conoce como de Nación Más Favorecida (NMF). Este es
el que rige sin discriminación para el resto del mundo. Por lo tanto, las
desgravaciones favorecen el comercio entre las partes. En el Acuerdo entre el
MERCOSUR e Israel, estas preferencias se
hallan detalladas en el Artículo 3 “Derechos Aduaneros y Eliminación
Arancelaria” y el listado de las sub-partidas a ocho dígitos forma parte del
Anexo II.
Las desgravaciones
arancelarias en este Acuerdo se hacen de acuerdo a cuatro categorías con
distintos periodos de implementación, que varían desde una inmediata a la entrada en vigencia
del Acuerdo (categoría A) hasta un periodo de diez años (categoría D). Los
productos de la categoría E estarán sujetos a preferencias arancelarias de
acuerdo a lo especificado en cada posición arancelaria. (Ver Cuadro N° 3)
SITUACIÓN DE LOS
PRINCIPALES PRODUCTOSLos diez principales productos por su valor de exportación corresponden en su mayoría a la categoría de desgravación inmediata. Los productos cárnicos deberán para su ingreso cumplir los requerimientos Kosher. Tres de los bienes se hallan incluidas en la categoría E, que enfrentan algunas restricciones o condiciones especiales:
a)
Tortas
y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso
molidos o en «pellets»: Paraguay es sujeto de una cuota de
2.500 toneladas con el 50% de reducción sobre la tarifa de Nación Más
Favorecida (7,5%). Los demás países del MERCOSUR son beneficiados con un
reducción del 38% sobre la tarifa NMF.
b) Aceite en bruto, incluso desgomado: El
Paraguay es beneficiado con una reducción del 40% sobre la tarifa de NMF (7,5%)
a la entrada en vigencia del Acuerdo. Los demás países del MERCOSUR tienen la
misma reducción pero en cuatro etapas consecutivas iguales.
c)
Trigo excepto trigo duro: Las líneas
arancelarias 10.01.10.90 y 10.01.90.90 tendrán para los países del MERCOSUR una
cuota sin aranceles de 50.000 toneladas. El arancel NMF promedio es 25% con un
rango entre 0% y 50%.
Por su lado los diez
principales productos por el valor del ICC, son todos sujetos a desgravación
inmediata a la entrada en vigencia del Acuerdo.
Al cruzar ambos
cuadros, se tiene que cuatro de los bienes con mayor valor de ICC se hallan
entre los principales productos exportados por el Paraguay: Los demás
cortes de carne bovina (trozos) sin deshuesar y deshuesada; gluten de trigo, incluso seco; heces y desperdicios
de cervecería o de destilería. Estos al mismo tiempo son los productos de mayor
valor dentro del grupo con ICC mayor a la unidad e incluye el producto con
mayor peso en el valor total exportado a Israel. Esto es la sub-partida 020230
(Los demás cortes de carne bovina (trozos)
deshuesada) que en el periodo 2005-2007 representó el 89% del total de
ventas del Paraguay a Israel.
CONCLUSIÓN
Las sub-partidas con
mayor valor de ICC son en su mayoría (por valor) productos agroalimentarios.
Entre ellas se incluye aquella con mayor participación en las exportaciones
actuales. Esta conjuntamente con las
demás pertenece a la categoría de desgravación inmediata, por lo cual se concluye que el Acuerdo
potenciará el comercio de exportación desde el Paraguay hacia Israel.
[1]Victor
Enciso, Docente-Investigador. Dpto. Economía Rural-Facultad de Ciencias Agrarias-Universidad
Nacional de Asunción. venciso@agr.una.py
[2] Para una explicación detallada
del ICC ver el Anexo Metodológico del documento “SEC/Estudio 139” disponible
en http://www.aladi.org/biblioteca/02_2_4_SerieSECEstudios.html.
Para un ejemplo ver el Cuadro N° 1.
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